Las actividades humanas en los mares de España. Descripción. Principales presiones e impactos sobre el medio marino. El Real Decreto 79/2019, de 22 de febrero, por el que se regula el informe de compatibilidad y se establecen los criterios de compatibilidad con las estrategias marinas y su modificación por el Real Decreto 218/2022, de 29 de marzo.

Actividades humanas en los mares de España

Descripción

?

  • Pesca
  • Acuicultura
  • Transporte
  • Turismo
  • Energías renovables
  • Extracción de recursos no vivos (áridos, dragados…)
  • Infraestructuras
  • Defensa nacional
  • Investigación científica

Principales presiones e impactos sobre el medio marino

Presión :: acciones de alteración del medio Impacto :: daños o efectos observables por presiones

Presiones ?

  • Física:
    • Pérdida y alteración del sustrato
    • Perturbación mecánica
  • Química (Contaminación):
    • Nutrientes
    • MO
    • Contaminantes
    • Basuras marinas
  • Presión Biológica:
    • Extracción de especies
    • EEI
  • Presión Energética:
    • Contaminación acústica

Impactos ?

  • Pérdida y fragmentación de hábitat
  • Pérdida de biodiversidad
  • Alteración de redes tróficas
  • Eutrofización
  • Sobreexplotación de recursos
  • Contaminación: química, acústica, residuos…
  • EEI
  • Contaminación química
  • Contaminación acústica
  • Residuo

Real Decreto 79/2019

Actuación :: actividad que requiera, bien la ejecución de obras o instalaciones en las aguas marinas, su lecho o su subsuelo, bien la colocación o depósito de materias sobre el fondo marino, así como los vertidos.

Objetivo ambiental :: expresión cualitativa o cuantitativa del estado deseado de los diversos componentes del medio marino con respecto a cada demarcación marina, así como de las presiones y los impactos sobre dicho medio.

Criterios de compatibilidad :: características técnicas, umbrales o elementos de juicio utilizados para valorar si las actuaciones son compatibles con la consecución de los objetivos ambientales de la estrategia marina correspondiente.

Solicitud (documentación) ?

  • Proyecto o memoria de la actuación que se pretende realizar.
  • Documentación técnica complementaria relativa a los hábitats y especies de la zona donde se quiere realizar la actuación.
  • Informe justificativo de la adecuación de la actuación a los criterios de compatibilidad y de su contribución a la consecución de los objetivos ambientales. En el caso de actuaciones que se desarrollen en espacios marinos protegidos, este informe deberá incluir además un análisis específico en relación a los valores protegidos presentes en estos espacios y una justificación de que la actuación es compatible con la conservación de estos valores.

Características del informe ?

  • Preceptivo ::: obligatorio pedirlo
  • Vinculante ::: obligatorio acatarlo

Sentido del informe ?

  • Favorable
  • Desfavorable
  • Favorable con condiciones

Anexos ?

  • Actuaciones que deben contar con informe de compatibilidad con las estrategias marinas
  • Lista indicativa de objetivos ambientales de las estrategias marinas que deben ser considerados en el análisis de compatibilidad de las actuaciones
  • Criterios de compatibilidad con las estrategias marinas
  • Declaraciones responsables previstas en el anexo III)

Actuaciones que necesitan informe de compatibilidad (Anexo I) ?

  • A. Sondeos exploratorios y explotación de hidrocarburos en subsuelo marino
  • B. Almacenamiento geológico de gas o CO2.
  • C. Instalación de gasoductos y oleoductos en lecho marino
  • D. Cables submarinos de telecomunicaciones o de electricidad en lecho marino
  • E. Conducciones para vertidos desde tierra al mar o captaciones de agua de mar sobre el lecho marino o enterrados bajo el mismo.
  • F. Infraestructuras marinas portuarias
  • G. Infraestructuras marinas de defensa de la costa
  • H. Dragados y vertidos al mar de material dragado
  • I. Extracción de áridos submarinos
  • J. Minería submarina
  • K. Aporte de arenas a playas (externo, bajo cota de pleamar máxima viva equinoccial)
  • L. Proyectos diferentes a las aportaciones de arena a playas y la construcción de nuevas infraestructuras portuarias y de defensa de la costa, encaminados a ganar tierras al mar con aporte de materiales de cualquier procedencia.
  • M. Energías renovables en el mar
  • N. Balizamientos de señalización de áreas ecoturísticas, áreas de custodia marina o asimiladas mediante la instalación de boyas o cualquier otro dispositivo flotante siempre y cuando los mismos vayan anclados al fondo marino.
  • O. Fondeaderos fuera de la zona de servicio adscrita a los puertos, y dentro de la zona de servicio cuando en su instalación y uso se afecte de forma directa a espacios marinos protegidos, o a hábitats, o a especies con alguna figura de protección.
  • P. Arrecifes artificiales
  • Q. Acuicultura marina
  • R. Colocación de urnas funerarias o cenizas funerarias en el mar
  • S. Otras

Criterios de compatibilidad con las estrategias marinas (Anexo III) ?

  • Dragado y reubicación de materiales de dragado en el mar: «Directrices para la caracterización del material dragado y su reubicación en aguas del dominio público marítimo-terrestre» (MTERD 2021)
  • Aporte de arenas a playas: «Instrucción Técnica para la gestión ambiental de las extracciones marinas para la obtención de arena» (MAGRAMA 2010)
  • Acuicultura mediante jaulas flotantes: «Propuesta metodológica para la realización de los planes de vigilancia ambiental de los cultivos marinos en jaulas flotantes» (MAGRAMA 2012), así como las actualizaciones del mismo, y las publicaciones oficiales de carácter ambiental (guías de buenas prácticas y propuestas metodológicas) emitidas por la comunidad autónoma, para las instalaciones de .
  • Colocación de urnas funerarias o cenizas funerarias en el mar: declaración responsable ante la Capitanía Marítima (Anexo IV)
  • Instalación de balizamientos para señalización mediante boyas del circuito o recorrido de pruebas náuticas o deportivas en el mar, eventos y actividades de interés general con repercusión turística: declaración responsable ante la Capitanía Marítima (Anexo IV)
    • Duración no superior a un día
    • Requiera autorización de ocupación DPMT
  • Balizamientos relacionados con servicios de temporada sujetos a autorización de ocupación DPMT : declaración responsable ante el Servicio Provincial de Costas
  • Minería submarina: principios de cautela y precaución (“Estrategia de la UE sobre la biodiversidad de aquí a 2030” y en el llamamiento del Parlamento Europeo)
  • Otras actividades (infraestructuras marinas portuarias, arrecifes artificiales, conducciones para vertidos desde tierra al mar, captaciones de agua de mar…)

Real Decreto 218/2022 (modificación)

Adiciones ?

  • Anexo I.
    • Aporte de arenas a playas, siempre que se trate de un aporte externo de áridos que se realice por debajo de la cota de la pleamar máxima viva equinoccial
  • Declaración responsable
    • Colocación de urnas funerarias o cenizas funerarias en el mar
    • Instalación de balizamientos para señalización mediante boyas del circuito o recorrido de pruebas náuticas o deportivas en el mar, eventos y actividades de interés general con repercusión turística de duración ⇐ 1 día.
  • Declaración responsable

Actualizaciones ?

  • Anexo II. Lista indicativa de objetivos ambientales de las estrategias marinas
  • Anexo III. Criterios de compatibilidad con las estrategias marinas