Los convenios internacionales y regionales marinos. La Convención de las Naciones Unidas sobre Derecho del Mar (Montego Bay, 10 de diciembre de 1982). El Convenio para la protección del medio marino y la región costera del Mediterráneo (Convenio de Barcelona). El Convenio OSPAR para la protección del medio marino del Atlántico Nordeste. El Tratado BBNJ para garantizar la conservación y el uso sostenible de la biodiversidad marina en las áreas situadas fuera de las jurisdicciones nacionales.
Convenios internacionales y regionales marinos
Definición :: Instrumentos jurídicos multilaterales (tratados, convenios y acuerdos) firmados y ratificados por los Estados para regular de forma coordinada el uso del espacio marítimo, la explotación de sus recursos y, de manera prioritaria, la prevención de la contaminación y la conservación de la biodiversidad marina global y regional.
UNLoS
Ámbito :: océanos (mundo)
Firma :: 1982 Ratificación España :: 1996
Zonas de soberanía ?
- Mar territorial ::
- Zona economica exclusiva ::
- Plataforma continental ::
Zonas marinas ?
- Aguas Interiores :: aguas situadas en el interior de la línea de base. El Estado ribereño ejerce soberanía plena igual que en su territorio terrestre.
- Mar Territorial :: franja adyacente hasta un máximo de 12 millas náuticas. El Estado ejerce soberanía sobre las aguas, el lecho, el subsuelo y el espacio aéreo, sujeta únicamente al derecho de paso inocente de buques extranjeros.
- Zona Contigua :: franja que se extiende hasta las 24 millas náuticas desde las líneas de base. El Estado no ejerce soberanía territorial, sino potestad de fiscalización y prevención en materias aduanera, fiscal, de inmigración y sanitaria.]
- Zona Económica Exclusiva (ZEE) :: área que llega hasta las 200 millas náuticas. El Estado ribereño ostenta derechos de soberanía para la exploración, explotación, conservación y ordenación de los recursos naturales (vivos y no vivos) del agua, lecho y subsuelo.]
- Plataforma Continental :: comprende el lecho y el subsuelo de las áreas submarinas que se extienden más allá de su mar territorial hasta el borde exterior del margen continental, o hasta las 200 millas si el margen no llega a esa distancia. (España ha solicitado extensiones geológicas justificadas en Galicia, el Cantábrico y Canarias).
- Alta Mar :: la columna de agua situada más allá de las ZEE de los Estados. Se rige por el principio de libertad de los mares (navegación, sobrevuelo, pesca, investigación) y está reservada para fines pacíficos.
- La Zona :: el lecho del mar y su subsuelo fuera de los límites de la jurisdicción nacional. Sus recursos son declarados «Patrimonio Común de la Humanidad» y su gestión compete a la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos.
Institución clave :: Tribunal Internacional del Derecho del Mar (TIDM / ITLOS), con sede en Hamburgo (Alemania), como órgano judicial especializado encargado de resolver las disputas sobre la interpretación de la convención.
Convenio de Barcelona
Ámbito :: Mar Mediterráneo
Firma :: 1976
Ratificación España :: 1976
Partes contratantes :: 22 (21 Estados + UE)
Se articula a través de diversos protocolos específicos sobre fuentes de presión y conservación, destacando el de Vertidos, Emergencias, Fuentes Terrestres, el de Zonas Especialmente Protegidas y Diversidad Biológica (1995) —clave para la protección de especies y hábitats—, Offshore, Desechos Peligrosos y el de Gestión Integrada de las Zonas Costeras (GIZC).]
Figura clave :: ZEPIM
Protocolos (7) ?
- Vertidos
- Emergencias
- Fuentes Terrestres
- Zonas Especialmente Protegidas y Diversidad Biológica
- Offshore
- Desechos Peligrosos
- Gestión Integrada de las Zonas Costeras (GIZC)
Convenio OSPAR
Ámbito :: Atlántico Noreste
Firma :: 1992 (en París) Ratificación España :: 1994
Partes contratantes :: 16 partes (15 Estados + UE).
Anexos (5) ?
- Anexo I: Fuentes terrestres
- Anexo II: Contaminación por vertidos desde buques, aeronaves o plataformas industriales.
- Anexo III: Contaminación de fuentes marítimas (actividad directa en el mar).
- Anexo IV: Evaluación de la calidad del medio marino (obligación de elaborar informes periódicos del estado ecológico, conocidos como Quality Status Reports o QSR).
- Anexo V (Añadido en 1998): Protección y conservación de los ecosistemas y la diversidad biológica de la zona marítima (el anexo clave para la creación de la Red de Áreas Marinas Protegidas de OSPAR).
Organización institucional ?
- Comisión OSPAR
- Secretaría
- Comités de Estrategia
- Diversidad Biológica y Ecosistemas (BDC)
- Sustancias Peligrosas y Eutrofización (HASEC)
- Industria de Alta Mar (OIC)
- Sustancias Radiactivas (RSC)
- Grupo de Trabajo sobre Evaluación y Seguimiento (MIG)
- Organizaciones Observadoras (Participación Pública)
Tratado BBNJ
Ámbito :: Alta mar (mundo)
Firma :: 2023
Ratificación España :: 2025
Hito España :: 1er país UE en ratificarlo
Bases ?
- Áreas Marinas Protegida
- Evaluaciones de Impacto Ambiental
- Reparto justo de recursos genéticos
- Desarrollo y transferencia de tecnología