Convenio de Basilea y su aplicación en la Unión Europea mediante el Reglamento (UE) 2024/1157 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, relativo a los traslados de residuos, por el que se modifican los Reglamentos (UE) 1257/2013 y (UE) 2020/1056, y se deroga el Reglamento (CE) 1013/2006. Aplicación en España mediante el Real Decreto 553/2020, de 2 de junio, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado.
Convenio de Basilea
Firma :: 1989
Entrada en vigor :: 1992
Anexos ?
- Desechos a controlar (Lista "Y")
- Desechos con consideración epecial
- Lita de características peligrosas (Lista "H")
- Lista de operaciones de eliminación
- Operaciones D
- Operaciones R
- Información de notiicacion y movimiento
- Arbitraje
- Enmienda de Prohibición: países que tienen prohibida cualquier exportación
Enmienda ?
- Prohibición (2019)
- Residuos plásticos (2019)
- RAEE
Países de enmienda prohibición ?
- UE
- OCDE
- Liechtenstein
Reglamento 2024/1157
Real Decreto 553/2020
Requisito generales ?
- Contrato de tratamiento
- Documento de identificación (DIT)
Requerimiento de DIT ?
- Traslados de residuos para eliminación
- Traslados de residuo peligrosos LER 20 03 01 para valorización
- Otros (determinados reglamentariamente: no se ha establecido)
Contenido del contrato de tratamiento de residuos ?
- Identificación de la instalación de origen y de destino
- Cantidad de residuos a trasladar
- Codificación LER.
- Periodicidad estimada
- Tratamiento
- Otra información relevante
- Condiciones de aceptación
- Obligaciones de las partes por rechazo
Requisitos específicos ?
- Notificación previa
- Oposición
Conceptos Técnicos Cruciales ?
- Notificación Previa (NP): El operador del traslado debe avisar a la Comunidad Autónoma de origen y de destino con un plazo mínimo de 10 días antes de realizar el traslado si los residuos son peligrosos o van a eliminación.
- Documento de Identificación (DI): Es la “guía de circulación” electrónica que debe acompañar físicamente al residuo durante todo su transporte por carretera.
- Contrato de Tratamiento: Es el documento previo, firmado por el operador y el gestor de la planta de destino, que asegura que el gestor acepta los residuos y se compromete a tratarlos según la legalidad.
- Plataforma e-SIR: Todo el intercambio de datos (NP, DI) entre los operadores y las comunidades autónomas debe realizarse de forma obligatoria a través del repositorio digital centralizado del MITECO (Sistema de Información de Residuos), garantizando una interoperabilidad idéntica en toda España.