Cooperación con las Comunidades Autónomas en programas de conservación. La Comisión Estatal del Patrimonio Natural y la Biodiversidad y sus comités especializados. Principales características y actividades. Participación en materia de conservación de la biodiversidad. El Consejo Estatal del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

Cooperación con las Comunidades Autónomas en programas de conservación

Comisión Estatal del Patrimonio Natural y la Biodiversidad

Ba

Principales características

  • Bae jurídica
    • Ley 4/007
    • Real Decreto 1424/2008

Principales actividades

Carácter general. ?

  • Cooperación AGE y CCAA (y ccaa)

    • IEPNyb (y BDN)
  • Participación española internacional
  • Contribuir al desarrollo de programas internacionales relacionados con la conservación del patrimonio natural y la biodiversidad derivados de los acuerdos y convenios en los que España sea parte.
  • Examen de propuestas de sus Comités
  • Proponer la creación, modificación y supresión de los Comités especializados que considere necesarios para el desarrollo de sus funciones.
  • Aprobación de sus normas de funcionamiento

Funciones por Ley 42/2007 ?

  • Conocimiento del informe anual estado PNyB
  • Participación en elaboración Plan Estratégico Estatal del Patrimonio Natural y la Biodiversidad y elevarlo para su aprobación a la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente.
  • Proponer al Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino la inclusión o exclusión de hábitats en el Catálogo Español de Hábitats en Peligro de Desaparición, cuya conservación o, en su caso, restauración exijan medidas específicas de protección y conservación. (Artículo 24.2).
  • Proponer para su aprobación a la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente las estrategias de conservación y restauración de los hábitats en peligro de desaparición. (Artículo 26).
  • Proponer al Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino la inclusión, cambio de categoría o exclusión de un taxón o población del Listado de especies silvestres en régimen de protección especial. (Artículo 53.2).
  • Proponer al Ministerio de Medio Ambiente la catalogación, descatalogación o cambio de categoría de un taxón o población en el Catálogo Español de Especies Amenazadas. (Artículo 55.2).
  • Proponer para su aprobación a la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente las estrategias de conservación de especies amenazadas. (Artículo 57).
  • Impulsar el desarrollo de programas de cría o propagación fuera de su habitat natural de especies incluidas en el Catálogo Español de Especies Amenazadas, y acordar la designación y condiciones de referencia de los respectivos centros de conservación ex situ. (Artículo 59)
  • Promover la existencia de una red de bancos de material biológico y genético. (Artículo 60).
  • Conocer los programas de reintroducción de taxones extinguidos en el caso de especies susceptibles de extenderse por el territorio de varias comunidades autónomas. (Artículo 52.4).
  • Establecer los mecanismos necesarios para garantizar, en el caso de autorizaciones excepcionales otorgadas en virtud del artículo 58.1 e) de la Ley 42/2007, que el nivel máximo nacional de capturas se ajusta al concepto de «pequeñas cantidades». (Artículo 58.2).
  • Proponer al Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino la inclusión o exclusión de especies en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras. (Artículo 61.2).
  • Proponer para su aprobación a la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente las estrategias de gestión, control y posible erradicación de las especies exóticas invasoras. (Artículo 61.5).
  • Elaborar informes que puedan ser utilizados por las comunidades autónomas para la determinación de moratorias temporales o prohibiciones especiales en relación con las especies objeto de caza o pesca, cuando existan razones de orden biológico o sanitario que así lo aconsejen.

Funciones Ley 43/2003 ?

  • Asistir a la Conferencia Sectorial en la coordinación entre la Administración General del Estado y las comunidades autónomas para la preparación, estudio y desarrollo de las cuestiones propias de la política forestal española.
  • Proponer al Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino la inclusión de operaciones estadísticas en la Estadística forestal española.
  • Informar la Estrategia Forestal española y proponer su revisión.
  • Informar el Plan Forestal español y proponer su revisión.
  • Informar las directrices básicas comunes para la ordenación y el aprovechamiento de los montes.
  • Proponer directrices comunes para la formación, preparación y equipamiento del personal y para la normalización de los medios materiales en la lucha contra los incendios forestales.

Comités especializados

Definición :: grupos de trabajo por temáticas

Tipos ?

  • Espacios Naturales Protegidos
  • Humedales
  • Flora y Fauna Silvestres
  • Forestal Español
  • Mejora y conservación de recursos genéticos forestales
  • Lucha contra los Incendios Forestales
  • Inventario Español del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad
  • Acceso y utilización de los recursos genéticos y conocimientos tradicionales asociados a los recursos genéticos en España
  • Lucha contra la Desertificación

Composición genérica ?

  • CCAA: 17+2
  • AGE: ≥1 (Ministerio MA, designado por titular DG Biodiversidad)

Participación en materia de conservación de la biodiversidad

Principio de Río (10?)

Consejo Estatal del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad

Base jurídica ?

  • Ley 4/007
  • Real Decreto

Funciones ?

  • Informar las normas y planes de ámbito estatal, relativos al patrimonio natural, la desertificación y la biodiversidad, haciendo un seguimiento de los mismos y valorando la incidencia social, económica y ambiental de las políticas públicas.
  • Conocer, antes de su publicación, el informe anual sobre el estado y evolución del patrimonio natural y la biodiversidad.
  • Informar, antes de su aprobación, el Plan Estratégico Estatal del patrimonio natural y la biodiversidad.
  • Informar, antes de su aprobación, las directrices para la ordenación de los recursos naturales a las que deberán ajustarse los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales que aprueben las comunidades autónomas.
  • Informar, antes de su aprobación, las estrategias de restauración de los hábitats en peligro de desaparición.
  • nformar, antes de su aprobación, la declaración de Espacios Naturales Protegidos de ámbito estatal.
  • Informar, antes de su aprobación, las estrategias de conservación de especies amenazadas presentes en más de una comunidad autónoma.
  • Informar, antes de su aprobación, las estrategias de gestión, control y posible erradicación de las especies del Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras.
  • Impulsar la realización de informes y estudios sobre el sector forestal y hacer el seguimiento de los planes y programas de ámbito estatal relativos a los montes, en los que se valore la incidencia social, económica y ambiental de las políticas públicas.
  • Proponer a las Administraciones públicas las medidas que se estimen oportunas para mejorar la gestión sostenible del monte y la competitividad del sector
  • Elaborar un informe anual sobre el sector forestal español, que recoja la situación, evolución y perspectivas del mismo.
  • Impulsar el diálogo, participación y colaboración de todas las Administraciones, instituciones y agentes sociales y económicos implicados en el uso sostenible de los recursos naturales, propiciando el intercambio de información entre todos los integrantes del Consejo, de los temas que sean objeto de debate.
  • Asesorar técnica y científicamente a las delegaciones españolas, cuando sea requerido para ello a través de su Presidente, por quien ostente la presidencia o jefatura de la delegación española, en organismos, conferencias y reuniones internacionales relacionados con la conservación del patrimonio natural, la desertificación y la biodiversidad y contribuir al cumplimiento de las obligaciones derivadas de los mismos.
  • Impulsar la elaboración de informes periódicos de evaluación de los efectos de la aplicación de las diversas políticas y acciones con incidencia en la lucha contra la desertificación y la degradación de las tierras en España y proponer recomendaciones para mejorar su efectividad. Esta evaluación incluirá el análisis de las sinergias y contrapartidas entre los objetivos de dichas políticas y acciones.
  • Promover las directrices y recomendaciones realizadas por organismos internacionales, en particular, por la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación en los países afectados por sequía grave o desertificación, en particular en África, hecha en París el 17 de junio de 1994, en materia de lucha contra la desertificación y degradación de las tierras.
  • Funciones del Consejo Asesor de Medio Ambiente, en las materias sometidas a su consideración.

Composición ?

  • Presidencia :: titular Secretaría de Estado Cambio Climático.
  • Vicepresidencia: titular DG Biodiversidad
  • Vocales (35)
    • 8 AGE
      • 3 Ministerio MA
      • 1 Ministerio de Industria
      • 1 Ministerio de Sanidad
      • 1 Ministerio de Vivienda
      • 1 Ministerio de Ciencia
      • 1 Ministerio de Cultura.
    • 2 org empresariales
    • 2 org indicales
    • 3 org. agrarias
    • 1 asociaciones de consumidores y usuarios
    • 5 Colegios profesionales
    • 1 CSIC
    • 2 Universidades
    • 5 ONGs MA
    • 2 Federaciones de deportes en medio natural
    • 1 Cofradía de pescadores
    • 2 Asociaciones propietarios terrenos en ENPs
    • 1 Entidades custodia territorio
  • Integrantes (con voz sin voto) (2)
    • 1 CCAA y ccaa
    • 1 EELL