El control jurisdiccional de la actividad administrativa (Acto administrativo) es el mecanismo mediante el cual los órganos judiciales revisan la legalidad de los actos, disposiciones y omisiones de la Administración Pública. Se realiza por la persona interesada mediante recurso contencioso-administrativo, una vez agotada la vía administrativa.
Es la expresión del Estado de Derecho, basado en la separación de poderes, y el derecho a la separación tutela judicial efectiva (artículo 24 de la Constitución): ni siquiera el poder público está por encima de la Ley.
Naturaleza
La naturaleza es judicial, con una jurisdicción especializada en materias de la Administración, debido a su posición privilegiada, y prerrogativas propias, entre otros.
- Objetiva: garantiza la legalidad de la actuación en el Estado de Derecho
- Subjetiva: tutela los derechos e intereses legítimos de las personas interesadas frente al poder público.
Actividad impugnable
Las actividades impugnables incluyen las siguientes:
- Actos administrativos (expresos y presuntos)
- Disposiciones generales (reglamentaria)
- Vía de hecho (procedimiento, competencia)
- Contratos
- Responsabilidad patrimonial
- Actos políticos o de gobierno con efectos jurídicos frente a los particulares