El Reglamento 1221/2009, relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS) regula la tercera versión del Esquema de Gestión Ecológica y Auditoría (EMAS III por sus siglas en inglés) de la Unión Europea (ver esquema de la norma)

CapítulosContenido
Disposiciones generales- Objetivo
- Definiciones
Registro de organizaciones- Determinación del organismo competente
- Preparación para el registro
- Solicitud de inscripción en el registro
Obligaciones de las organizaciones registro- Renovación del registro EMAS
- Excepción para organizaciones pequeñas
- Cambios sustanciales
- Auditoría medioambiental interna
- Utilización del logotipo EMAS
Normas aplicables a los organismos compeetentes- Designación y cometido de los organismos competentes
- Obligaciones relativas al procedimiento de registro
- Registro de organizaciones
- Renovación del registro de organizaciones
- Suspensión o cancelación de la inscripción de organizaciones en el registro
- Foro de organismos competentes
- Evaluación por pares de los organismos competentes
Verificadores medioambientales- Cometido de los verificadores medioambientales
- Frecuencia de la verificación
- Requisitos aplicables a los verificadores medioambientales
- Requisitos adicionales aplicables a los verificadores medioambientales que son personas físicas y realizan actividades de verificación y validación individualmente
- Requisitos adicionales aplicables a los verificadores medioambientales que actúan en terceros países
- Supervisión de los verificadores medioambientales
- Requisitos adicionales para la supervisión de los verificadores medioambientales que actúan en un Estado miembro distinto de aquel que le concedió la acreditación o autorización
- Condiciones para la realización de la verificación y la validación
- Verificación y validación de organizaciones pequeñas
- Condiciones para la verificación y validación en terceros países
Organismos de acreditación y autorización- Realización
- Suspensión y retirada
- Foro
- Evaluación por pares
Normas para los Estados Miembros- Asistencia a las organizaciones para el cumplimiento de los requisitos legales en materia de medio ambiente
- Promoción de EMAS
- Información
- Actividades de promoción
- Promoción de la participación de organizaciones pequeñas
- Grupos y enfoque gradual
- EMAS y otras políticas e instrumentos en la Comunidad
- Tasas
- Incumplimiento
- Información y presentación de informes a la Comisión
Normas para la Comisión- Información
- Colaboración y coordinación
- Integración de EMAS en otras políticas e instrumentos en la Comunidad
- Relación con otros sistemas de gestión medioambiental
- Elaboración de documentos y directrices de referencia
- Presentación de informes
Disposiciones finales- Modificación de los anexos
- Procedimiento de comité
- Revisión
- Disposiciones derogatorias y transitorias
- Entrada en vigor
Anexos- I. Análisis ambiental
- II. Requisitos del sistema de gestión ambiental
- III. Auditoría ambiental interna
- IV. Presentación de informes medioambientales
- V. Logotipo
- VI. Información para el registro
- VII. Declaración del verificador medioambiental
- VIII. Tabla de correspondencias br>- VIII.
- VII.

Concepto

EMAS es un sistema de gestión de la Unión Europea para la mejora continua en el rendimiento ambiental de empresas y organizaciones, a través de procesos sistemáticos de evaluación, medición, y revisión, basado en tres pilares básicos (ver esquema de la norma)

  • Rendimiento: disminución de impactos, mejora de la eficiencia y de la información…
  • Transparencia: los logros se hacen públicos a través de la Declaración Ambiental Anual
  • Credibilidad: validación de la Declaración Ambiental Anual por verificadores internacionales

Objeto

El objetivo es el establecimiento de un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambiental (EMAS), de participación voluntaria (organizaciones dentro y fuera de la Unión Europea), que favorezca

  • Sostenibilidad del consumo, la producción, y la política industrial
  • Difusión de información
  • Diálogo activo con los grupos de interés
  • Participación y formación del personal de las organizaciones

Los beneficios del registro en EMAS son múltiples:

  • Rendimiento ambiental
  • Cumplimiento normativo
  • Responsabilidades corporativas: mejor identificación
  • Riesgo de accidentes: disminución
  • Ahorro de costes
  • Mejores relaciones con grupos de interés (empleados…)
  • Beneficios fiscales (para los Estados Miebros)

Para la implementación cuenta con diversas herramientas (en inglés)

Ámbito de aplicación

EMAS está abierto a cualquier empresa u organización, independientemente de su campo de trabajo y su tamaño, incluidas empresas, organizaciones no gubernamentales, entidades locales; y actividades diversas, como por ejemplo el turismo sostenible, incluidas instituciones públicas.

  • Empresa u organización, independientemente de su campo de trabajo y su tamaño, incluidas empresas, organizaciones no gubernamentales, entidades locales; y actividades diversas

Se han incluido, de hecho, numerosas instituciones de la Unión Europea:

El registro se realiza de manera voluntaria a través de un Órgano Competente de la Unión Europea, pero las organizaciones fuera de Ésta también pueden adherirse.

El proceso se realiza a través de nueve pasos:

  1. Contacto: con un Órgano Competente de la Unión Europea
  2. Realización previa: del Análisis Ambiental (Anexo I)
  3. Planificación: del Sistema de Gestión Ambiental, con determinados requisitos (Anexo II)
  4. Implementación: del sistema de gestión ambiental
  5. Revisión: de la Auditoría Ambiental Interna (IEA)
  6. Mejora: ajuste de actuaciones para incrementar el rendimiento ambiental
  7. Reporte
  8. Verificación: validación por un verificador medioambiental, con formato oficial (Anexo VII)
  9. Registro: por el Órgano Competente

Fuente: Green Forum (2023)

Existen sin embargo diferentes costes, según el tamaño y el sector de la organizaciones y los Estados en que se lleve a cabo, que pueden clasificarse en varios tipos:

  • Fijos: de registro, apoyo tecnológico…
  • Internos: por el personal de la organización (implementación, administración, reporte…)
  • Externos: por servicios externos, como capacitación, y verificadores

Relación con la norma ISO 14001

La norma ISO 14001 (1996, actualizada en el 2015), de la International Organization for Standardization (ISO) es el estándar internacional de gestión ambiental a escala mundial, -la familia ISO 14000 es toda de gestión ambiental de organizaciones-, que proporciona a las organizaciones un marco flexible y adaptable para que puedan establecer un sistema de gestión ambiental (EMS) efectivo.

Es la principal norma de la familia ISO 14000, basadas en la gestión ambiental, y la única certificable de la serie. Todas ellas tienen principios comunes

  • Mejora continua
  • Prevención de la contaminación
  • Cumplimiento de legislación
  • Análisis de ciclo de vida (ACV): de productos y servicios

También se basa en el ciclo PDCA y en verificaciones externas, y tiene beneficios similares a los reportados por EMAS. Pero no implica una verificación por un organismo externo acreditado ni la inscripción de la declaración ambiental en un registro público. También cuenta con mayor flexibilidad en la implementación.

El primer EMAS (Reglamento 1836/93, para el sector industrial) y el primer documento de la ISO 14001 (1996) se basaron en el estándar británico BS 7750 (1993), diferenciándose en la escala —comunitaria y mundial—, en el ámbito de aplicación —industrial y cualquiera—, y en los requisitos adicionales de EMAS: verificación externa acreditada, declaración ambiental pública y registro oficial.

EMASISO
EscalaUnión EuropeaMundial
Ámbito de aplicaciónIndustrialCualquiera
Requisitos adicionales- Verificación externa acreditada
- Declaración ambiental pública
- Registro oficial

Ambas certificaciones eran sólidas, si bien EMAS era más exigente. El diseño universal de ISO le permitió expandirse rápidamente por todo el mundo. La Comisión Europea reconocía en 1996 que disponer del certificado de la norma ISO 14001 podría ser un muy buen punto de partida para obtener el certificado EMAS.

La evolución posterior fue relativamente independiente:

  • EMAS II (2001, por el Reglamento 761/2001) se inspiró en la flexibilidad sectorial de ISO 14001, y se amplió a cualquier sector y a organizaciones fuera de la Unión Europea.

  • ISO 14001 (2004): mejoró el lenguaje, la flexibilidad, la especificidad de los requisitos, y lo integró con otras normas de gestión, en especial con la ISO 9001.

En 2009, con el Reglamento 1221/2009, EMAS incorporó oficialmente las disposiciones de ISO 14001 como núcleo de su sistema de gestión, y se facilitó la transición para las organizaciones que solo tenían este último.

Finalmente, con la tercera versión de la ISO 14001 (2015),

  • Integración estratégica: a través de la Estructura de Alto Nivel (HLS), que contiene diez cláusulas estandarizadas para facilitar su combinación con otros sistemas de gestión (ISO 9001, de calidad; ISO 50001, de gestión energética…)

  • Aumento de la flexibilidad: al enfocarse en el contexto de la organización (partes interesadas, condiciones específicas, riesgos y oportunidades…)

  • Rendimiento medible: según sus objetivos.

La tercera versión de la ISO 14001 motivó una actualización del Reglamento, que se realizó a través del Reglamento 2017/1505, por el que se actualizaban sus Anexos I , II y III (respectivamente: análisis ambiental, requisitos del sistema de gestión ambiental, y auditoría ambiental interna), en la que nuevamente incorporaba todas las disposiciones de la norma internacional.