La Oficina Española de Cambio Climático (OECC) es un órgano técnico adscrito al Ministerio con competencia en medio ambiente, con rango de Dirección General, creado por la Orden de 17 de julio de 2001, y regulado actualmente por el Real Decreto 503/2024, artículo 7):
- Subdirección General de Adaptación al Cambio Climático
- Subdirección General de Mitigación del Cambio Climático
- Subdirección General de Mercados de Carbono
Cuenta con las siguientes funciones y subdirecciones generales:
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Política nacional: y desarrollo de instrumentos de planificación y administrativos para cumplirla
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Funciones auxiliares: técnicas y de gestión del secretariado de los órganos colegiados en materia de cambio climático.
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Asesoramiento administrativo: a los distintos órganos de la Administración General del Estado
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Colaboración administrativa: con las Comunidades Autónomas y las entidades locales en el análisis de las cuestiones sobre lucha contra el cambio climático.
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Actividades de información y divulgación (artículo 6 de la CMNUCC y del artículo 12 del Acuerdo de París)
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Relaciones institucionales: con las instituciones internacionales, europeas, administraciones públicas, organizaciones no gubernamentales, instituciones y entidades públicas y privadas y demás agentes sociales para colaborar en iniciativas relacionadas con la lucha frente al cambio climático.
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Funciones internacionales: representación del Ministerio en los organismos supranacionales, y seguimiento de convenios de aplicación, en especial, como punto focal nacional ante la CMNUCC, el Acuerdo de París, y el IPCC.
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Mejores técnicas disponibles: fomento y seguimiento de la innovación y desarrollo de nuevas tecnologías de mitigación, adaptación, y comprensión
Adaptación
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Evaluaciones de afecciones: propuesta y fomento en materia de impactos, riesgos, y adaptación
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Integración sectorial: fomento en materia de mitigación y adaptación
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Coordinación de la adaptación: de los planes y programas respecto a las medidas y estrategias
Mitigación
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Sumideros de carbono: análisis y propuesta de medidas para su desarrollo, gestión sostenible, y seguimiento de la normativa de aplicación
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Gases fluorados de efecto invernadero: análisis y propuesta de medidas para su mitigación, y seguimiento de la normativa de aplicación
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Funciones de huella de carbono: registro; cálculo, reducción y compensación (Real Decreto 214/2025)
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Políticas y medidas de mitigación: análisis y seguimiento específico en los sectores difusos no energéticos y en los sumideros de carbono.
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Evaluación de medidas: resultados de los proyectos, planes y normativa en mitigación y adaptación; y desarrollo de instrumentos armonizados.
Mercados de Carbono
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Régimen español de comercio de emisiones (RCDE) (Ley 1/2005): funciones atribuidas al Ministerio (instalaciones fijas, aviación y transporte marítimo), y ejercicio de la potestad sancionadora atribuida al Consejo de Ministros
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Nuevo régimen de comercio de derechos de emisión (EU ETS II): para edificios, transporte por carretera y otros sectores (Directiva 2023/959)
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Mecanismo de ajuste en frontera por carbono: funciones atribuidas al Ministerio (Reglamento 2023/956)
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Registro Nacional de Derechos de Emisión: dirección de la actividad del registro, coordinación con órganos competentes; relaciones con la entidad que tenga encomendada, en su caso, su administración y la aprobación de cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico deban dar soporte a la concreta actividad del Registro.
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Sistemas de seguimiento y verificación de emisiones de gases de efecto invernadero: funciones atribuidas al Ministerio (Ley 1/2005)
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Instrumentos de mercado, incluyendo los creados al amparo de normas de Derecho internacional y comunitario, en particular con el fin de cumplir los compromisos internacionales asumidos por el Reino de España en materia de cambio climático. Promover la coordinación de la financiación climática con otros instrumentos y líneas de apoyo para que sean compatibles con los objetivos del Acuerdo de París.
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Fondo de Carbono para una Economía Sostenible (Real Decreto 1494/2011)