La restauración tras grandes incendios aparece parcialmente en la Ley de Montes como trabajos de restauración forestal y medioambiental (artículo 50 bis), centrados en la recuperación de la integridad del ecosistema afectado y el control de los procesos erosivos.
-
Planificación basada en una evaluación previa y zonificación de riesgos, para priorizar las intervenciones según la gravedad y características del área afectada
-
Mantenimiento y seguimiento: a medio y largo plazo para asegurar la sostenibilidad de la recuperación.
Se debe fomentar la regeneración natural cuando sea viable, y aplicar técnicas de reforestación o repoblación -con especies adaptadas- cuando ésta sea demasiado lenta o insuficiente. Algunas de las técnicas incluyen las siguientes:
-
Limpieza y eliminación controlada de madera quemada y restos vegetales: facilitar la regeneración natural o la reforestación.
-
Control hidrológico mediante obras de corrección en laderas y drenajes: prevención de escorrentías y erosión
-
Implantación rápida de cubiertas vegetales herbáceas temporales: fijación del suelo y prevención de la erosión post-incendio
-
Uso de acolchados vegetales (mulching) con residuos vegetales: estabilización del suelo, reducción de la erosión y mantenimiento de la materia orgánica y la actividad microbiana
-
Reforestación o repoblación con especies adaptadas: cuando la regeneración natural no es suficiente
Trabajos de restauración tras grandes incendios. Fuente: ChatGPT