La Unión Europea: antecedentes. Objetivos y naturaleza jurídica. Los Tratados originarios y modificativos. Las instituciones de la Unión Europea. Política exterior y de seguridad común de la Unión Europea. Cooperación en los ámbitos de justicia e interior.

La Unión Europea

Antecedentes UE ?

  • Segunda Guerra Mundial (1939-1945)
  • Discurso de Winston Churchill (1946) : Estados Unido de Europa y reconciliación franco-alemana
  • Declaración Schuman (1950) : Alta Autoridad para la producción franco-alemana de carbón y acero
  • Tratado de París (1951) :: CECA
  • Tratados de Roma (1957)
    • Comunidad Económica Europea (CEE) : mercado común
    • EUROATOM : Energía Europea para fines civiles

Países CECA (6) ?

  • Francia
  • Alemania Occidental
  • Benelux
    • Bélgica
    • Países Bajos (“Netherlands”)
    • Luxemburgo
  • Italia

Origen :: Tratado de Maastricht (1993)

Objetivos UE (artículo 3 del TUE) ?

  • Paz, valores de EU y bienestar de lo pueblos
  • Espacio de libertad, seguridad y justicia sin fronteras interiores, en el que esté garantizada la libre circulación de personas conjuntamente con medidas adecuadas en materia de control de las fronteras exteriores, asilo, inmigración y de prevención y lucha contra la delincuencia.
  • Mercado interior
  • Desarrollo sostenible de Europa
  • Crecimiento económico equilibrado y estabilidad de los precios
  • Economía social de mercado altamente competitiva, tendente al pleno empleo y al progreso social
  • Protección y mejora de la calidad del medio ambiente
  • Progreso científico y técnico
  • Justicia social : exclusión social y la discriminación y fomentará la justicia y la protección sociales, la igualdad entre mujeres y hombres, la solidaridad entre las generaciones y la protección de los derechos del niño.
  • Cohesión económica, social y territorial y la solidaridad entre EEMM
  • Patrimonio cultural: diversidad cultural y lingüística
  • Unión económica y monetaria cuya moneda es el euro
  • Relaciones internacionales : paz, seguridad, dearrollo otenible, olidaridad, repeto, comercio libre y juto, erradicación de la pobrea, protección de DDHH (infante…), derecho internacional (Carta ONU…)

Naturaleza jurídica ?

  • Organización supranacional de integración :: Estados miembros ceden el ejercicio de parte de sus competencias soberanas a las instituciones comunes para que decidan por todos
  • Personalidad jurídica (Tratado de Lisboa)
  • Derecho de la Unión (primacía, efecto directo…)

Los Tratados originarios y modificativos

Derecho originario ? Normas fundamentales con rango constitucional dentro del ordenamiento jurídico de la Unión Europea - Tratados originarios - Tratados modificativos - Tratados de adhesión (España: 1986)

Tratados originarios

Definición :: primigenios de los Estados fundadores para las Comunidades Europeas

Tipos ? - París - Roma

  • Tratados de Reforma

  • Tratados de Adhesión : firmados por cada Estado para incorporarse (España : 1985)

Tratados modificativos

Definición :: Tratados internacionales posteriores que cambiaron los fundacionales

Tratados ?

  • Fusión (1965) :: misma Comisión y Consejo para CECA, CEE y Euratom
  • Acta Única Europea (1986) :: creación del Mercado Interior Único
  • Maastricht (TUE, 1992) :: creación de la UE
  • Ámsterdam (1997) ?
    • Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia (traspasando competencias de fronteras y asilo a la UE)
    • Políticas de empleo
  • Niza (2001) :: reforma del sistema de voto y el reparto de escaños de las instituciones (incorporación de Europa del Este)
  • Lisboa (2007) :: personalidad jurídica única para UE

Instituciones

Definición :: Órganos de carácter permanente a los que los Estados miembros de la Unión Europea encomiendan el ejercicio de las competencias asumidas mediante los Tratados, cuya función es defender los intereses de la Unión, de sus ciudadanos y de los Estados, garantizando la uniformidad y el cumplimiento de su ordenamiento jurídico.

Base jurídica :: artículo 13 TUE

Tipos (7) ?

  • Comisión Europea
    • Poder ejecutivo
    • Defensa de intereses generales UE
    • Iniciativa legislativa
    • “Guardiana de Tratado”
  • Parlamento Europeo
    • Poder legislativo
    • Potestad presupuestaria
    • Representación ciudadanos UE (sufragio universal directo)
    • Control político de la Comisión
  • Consejo Europeo (formado por Jefes de Estado o de Gobierno)
    • Integrado por los Jefes de Estado o de Gobierno de los Estados miembros, su Presidente y el Presidente de la Comisión. No ejerce función legislativa; su rol es puramente político, definiendo las orientaciones y prioridades políticas generales de la Unión.
  • Consejo de la Unión Europea (formado por titulare)
    • Iniciativa legislativa
    • Coordinación de políticas económicas
  • Tribunal de Cuentas
    • Respeto al derecho comunitario en la interpretación y aplicación de los Tratados. Está integrado por dos órganos: el Tribunal de Justicia y el Tribunal General.
  • Tribunal de Justicia UE
    • Respeto al derecho comunitario en la interpretación y aplicación de los Tratados.
    • Tribunal de Justicia
    • Tribunal General
  • Banco Central Europeo
    • Dirección de política monetaria de zona euro
    • Gestión del Euro
    • Estabilidad de precios y mercados financieros

Política exterior y de seguridad común de la Unión Europea

Definición :: Ámbito de acción exterior de la Unión Europea destinado a salvaguardar sus valores, intereses fundamentales y seguridad, así como a mantener la paz internacional y fortalecer la seguridad jurídica global, caracterizado por mantener un régimen de toma de decisiones intergubernamental y el uso de la regla de la unanimidad.

Inicio :: Tratado de Maastricht (1992) (pilares 2 y 3) Modificación radical :: Tratado de Lisboa

Elementos clave ?

  • Alto Representante (AR/VP): Es la figura central. Dirige la PESC, preside el Consejo de Asuntos Exteriores y es, a la vez, uno de los Vicepresidentes de la Comisión Europea (lo que se conoce como el “doble sombrero”).
  • Regla de votación: Como regla general, las decisiones en el Consejo Europeo y en el Consejo de la UE en materia PESC se adoptan por unanimidad (los Estados miembros mantienen derecho de veto). Existe la figura de la abstención constructiva (un país se abstiene pero permite que los demás actúen).
  • Exclusión legislativa: En la PESC no se pueden adoptar actos legislativos (no hay Reglamentos ni Directivas en esta materia). Se actúa mediante Decisiones del Consejo.
  • La PCSD: La Política de Común de Seguridad y Defensa forma parte integrante de la PESC e incluye la definición progresiva de una política común de defensa de la Unión.

Cooperación en los ámbitos de justicia e interior

Definición :: Área de competencia compartida de la Unión Europea (denominada formalmente Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia) orientada a garantizar la libre circulación de personas mediante el control de fronteras exteriores, la gestión de la inmigración y el asilo, y el desarrollo de una cooperación policial y judicial penal y civil reforzada.

Elementos clave de examen: ?

  • De la intergubernamentalidad a la comunitarización: En Maastricht nació como cooperación puramente policial y judicial entre ministros de forma independiente. Hoy, tras el Tratado de Lisboa, está plenamente comunitarizada. Esto significa que:
    • Se aprueban leyes mediante el procedimiento legislativo ordinario (el Parlamento Europeo y el Consejo co-legislan en igualdad de condiciones).
    • Las decisiones se toman por mayoría cualificada (ya no hay veto absoluto de un solo país en la mayoría de sus ámbitos).
  • Cooperación Judicial Civil: Se basa en el principio de reconocimiento mutuo de resoluciones judiciales en pleitos privados (divorcios transfronterizos, herencias, custodia de menores).
  • Cooperación Judicial Penal y Policial: Persecución de la delincuencia grave transfronteriza (terrorismo, trata de seres humanos, narcotráfico).
  • Agencias clave
    • Europol: Oficina Europea de Policía (cooperación policial).
    • Eurojust: Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Judicial Penal.
    • Frontex: Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas.
    • Fiscalía Europea: Órgano independiente encargado de investigar y juzgar los delitos que atenten contra los intereses financieros de la UE.