Los órganos relevantes en materia de cambio climático a nivel nacional: el Consejo Nacional del Clima, la Comisión de Coordinación de Políticas de Cambio Climático, la Comisión Interministerial para el Cambio Climático, la Asamblea Ciudadana para el Clima y la Oficina Española de Cambio Climático.

Órganos relevantes en materia de cambio climático a nivel nacional

Definición

Tipología ?

  • Consejo Nacional del Clima: consultivo y de participación social
  • Comisión de Coordinación de Políticas de Cambio Climático: cooperación técnica e institucional
  • Comisión Interministerial para el Cambio Climático: coordinación interna
  • Asamblea Ciudadana para el Clima: deliberación ciudadana
  • Oficina Española de Cambio Climático :: técnico y ejecutivo

Consejo Nacional del Clima

Año :: 1998

Base jurídica :: RD 415/2014

Comisión de Coordinación de Políticas de Cambio Climático

Definición ::

Año :: Base jurídica ::

Comisión Interministerial para el Cambio Climático

Definición :: Año :: Base jurídica ::

Asamblea Ciudadana para el Clima

Año :: 2021 Base jurídica :: Orden TED/1086/2021

Composición :: 100 personas (repreentan sociedad Epaña)

Pregunta (1er mandato) ?

“Una España más segura y justa ante el cambio climático, ¿Cómo lo hacemos?”

Gobernanza ?

  • Panel de coordinación independiente
  • Grupo de expertos (consultivo): máximo 20 personas
  • Portavoces y comunicadores (opcional) (máximo 2) (designada por grupo de expertos)
  • Equipos técnicos
    • Selección de participantes
    • Diseñar y dinamización de las sesiones

Método de los trabajos ?

  • 5 sesiones (+1 a solicitud de miembro)
  • 3 fases
    1. Aprendizaje y conocimiento a los miembros (información equilibrada, clara y completa)
    2. Discusión y debate
    3. Preparación y votación de un informe de recomendaciones
  • Límite temporal :: 1 meses

Oficina Española de Cambio Climático

Definición :: órgano Adminitrativo (Miniterio MA, Secretaría de Estado MA) (rango DG) Base jurídica :: artículo 7 de 503/2024

Competencias (CC) ?

  • General
  • Política nacional, propuesta de normativa e instrumentos de planificación y administrativos
  • Funciones técnicas y gestión del secretariado de órganos colegiados
  • Asesoramiento a órganos AGE
  • Colaboración
    • CCAA y EELL
    • Instituciones internacionales, europeas, AAPP, ONGs, privadas, agentes sociales…
  • Actividades de información y divulgación
  • Representación internacional del Ministerio (acuerdos internacioanles, punto focal nacional UNFCCC e IPCC…)
  • Tecnologías (mitigación, adaptación, observación)
  • Evaluaciones (impactos, riegos, adaptación)
  • Integración sectorial
  • Coordinación de planes y programas (medidas y estrategias de adaptación)

l) El fomento de la integración de la mitigación de gases de efecto invernadero en las distintas políticas sectoriales.

m) El análisis y propuesta de medidas para favorecer el desarrollo y la gestión sostenible de los sumideros de carbono y el seguimiento de la normativa europea y nacional en la materia.

n) El análisis y propuesta de medidas para favorecer la mitigación en el ámbito de los gases fluorados de efecto invernadero, y el seguimiento de la normativa europea y nacional en la materia.

ñ) El ejercicio de las funciones atribuidas a la Oficina Española de Cambio Climático por el Real Decreto 163/2014, de 14 de marzo, por el que se crea el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono, así como aquellas tareas de fomento e impulso del cálculo, reducción y compensación de la huella de carbono.

o) El análisis y seguimiento específico de las políticas y medidas de mitigación para combatir las causas del cambio climático en los sectores difusos no energéticos y en los sumideros de carbono.

p) La evaluación de proyectos, planes y normativa en sus impactos frente al cambio climático tanto en mitigación como en adaptación cuando estén sujetos a dicha evaluación, así como el desarrollo de instrumentos armonizados que la faciliten.

q) El ejercicio de las funciones atribuidas al Ministerio por la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en relación con la aplicación de la normativa de comercio de derechos de emisión a las instalaciones fijas, la aviación y el transporte marítimo, incluyendo el inicio, la instrucción y la elaboración de propuestas de resolución de expedientes sancionadores en los supuestos en los que esta ley atribuye la potestad sancionadora al Consejo de Ministros.

r) El ejercicio de cuantas funciones atribuya la normativa al Ministerio en relación con el nuevo régimen de comercio de derechos de emisión para los edificios, el transporte por carretera y otros sectores, establecido en la Directiva (UE) 2023/959 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de mayo de 2023, por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Unión y la Decisión (UE) 2015/1814, relativa al establecimiento y funcionamiento de una reserva de estabilidad del mercado en el marco del régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Unión.

s) El ejercicio de cuantas funciones atribuya la normativa al Ministerio en relación con el nuevo mecanismo de ajuste en frontera por carbono, establecido en el Reglamento (UE) 2023/956 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de mayo de 2023, por el que se establece un Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono.

t) El ejercicio de cuantas funciones le atribuya la normativa en relación con el Registro Nacional de Derechos de Emisión, adscrito a esta Dirección General. En particular, le corresponde la dirección de la actividad del registro, la coordinación con los órganos competentes para la aplicación de la Ley 1/2005, de 9 de marzo; las relaciones con la entidad que tenga encomendada, en su caso, su administración y la aprobación de cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico deban dar soporte a la concreta actividad del Registro.

  • Seguimiento y verificación de EU ET España (Ley 1/005) v) El fomento y propuesta para la utilización de los instrumentos de mercado, incluyendo los creados al amparo de normas de Derecho internacional y comunitario, en particular con el fin de cumplir los compromisos internacionales asumidos por el Reino de España en materia de cambio climático. Promover la coordinación de la financiación climática con otros instrumentos y líneas de apoyo para que sean compatibles con los objetivos del Acuerdo de París.
  • Funcione FCE

Órganos ?

  • SDG Impactos y Adaptación
  • SDG Mitigación y Tecnologías
  • SDG Comercio de Emisiones y Mecanismos de Flexibilidad