Cooperación con las Comunidades Autónomas en programas de conservación. La Comisión Estatal del Patrimonio Natural y la Biodiversidad y sus comités especializados. Principales características y actividades. Participación en materia de conservación de la biodiversidad. El Consejo Estatal del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
Cooperación con las Comunidades Autónomas en programas de conservación
Comisión Estatal del Patrimonio Natural y la Biodiversidad
Ba
Principales características
- Bae jurídica
- Ley 4/007
- Real Decreto 1424/2008
Principales actividades
Carácter general. ?
-
Cooperación AGE y CCAA (y ccaa)
- IEPNyb (y BDN)
- Participación española internacional
- Contribuir al desarrollo de programas internacionales relacionados con la conservación del patrimonio natural y la biodiversidad derivados de los acuerdos y convenios en los que España sea parte.
- Examen de propuestas de sus Comités
- Proponer la creación, modificación y supresión de los Comités especializados que considere necesarios para el desarrollo de sus funciones.
- Aprobación de sus normas de funcionamiento
Funciones por Ley 42/2007 ?
- Conocimiento del informe anual estado PNyB
- Participación en elaboración Plan Estratégico Estatal del Patrimonio Natural y la Biodiversidad y elevarlo para su aprobación a la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente.
- Proponer al Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino la inclusión o exclusión de hábitats en el Catálogo Español de Hábitats en Peligro de Desaparición, cuya conservación o, en su caso, restauración exijan medidas específicas de protección y conservación. (Artículo 24.2).
- Proponer para su aprobación a la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente las estrategias de conservación y restauración de los hábitats en peligro de desaparición. (Artículo 26).
- Proponer al Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino la inclusión, cambio de categoría o exclusión de un taxón o población del Listado de especies silvestres en régimen de protección especial. (Artículo 53.2).
- Proponer al Ministerio de Medio Ambiente la catalogación, descatalogación o cambio de categoría de un taxón o población en el Catálogo Español de Especies Amenazadas. (Artículo 55.2).
- Proponer para su aprobación a la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente las estrategias de conservación de especies amenazadas. (Artículo 57).
- Impulsar el desarrollo de programas de cría o propagación fuera de su habitat natural de especies incluidas en el Catálogo Español de Especies Amenazadas, y acordar la designación y condiciones de referencia de los respectivos centros de conservación ex situ. (Artículo 59)
- Promover la existencia de una red de bancos de material biológico y genético. (Artículo 60).
- Conocer los programas de reintroducción de taxones extinguidos en el caso de especies susceptibles de extenderse por el territorio de varias comunidades autónomas. (Artículo 52.4).
- Establecer los mecanismos necesarios para garantizar, en el caso de autorizaciones excepcionales otorgadas en virtud del artículo 58.1 e) de la Ley 42/2007, que el nivel máximo nacional de capturas se ajusta al concepto de «pequeñas cantidades». (Artículo 58.2).
- Proponer al Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino la inclusión o exclusión de especies en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras. (Artículo 61.2).
- Proponer para su aprobación a la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente las estrategias de gestión, control y posible erradicación de las especies exóticas invasoras. (Artículo 61.5).
- Elaborar informes que puedan ser utilizados por las comunidades autónomas para la determinación de moratorias temporales o prohibiciones especiales en relación con las especies objeto de caza o pesca, cuando existan razones de orden biológico o sanitario que así lo aconsejen.
Funciones Ley 43/2003 ?
- Asistir a la Conferencia Sectorial en la coordinación entre la Administración General del Estado y las comunidades autónomas para la preparación, estudio y desarrollo de las cuestiones propias de la política forestal española.
- Proponer al Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino la inclusión de operaciones estadísticas en la Estadística forestal española.
- Informar la Estrategia Forestal española y proponer su revisión.
- Informar el Plan Forestal español y proponer su revisión.
- Informar las directrices básicas comunes para la ordenación y el aprovechamiento de los montes.
- Proponer directrices comunes para la formación, preparación y equipamiento del personal y para la normalización de los medios materiales en la lucha contra los incendios forestales.
Comités especializados
Definición :: grupos de trabajo por temáticas
Tipos ?
- Espacios Naturales Protegidos
- Humedales
- Flora y Fauna Silvestres
- Forestal Español
- Mejora y conservación de recursos genéticos forestales
- Lucha contra los Incendios Forestales
- Inventario Español del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad
- Acceso y utilización de los recursos genéticos y conocimientos tradicionales asociados a los recursos genéticos en España
- Lucha contra la Desertificación
Composición genérica ?
- CCAA: 17+2
- AGE: ≥1 (Ministerio MA, designado por titular DG Biodiversidad)
Participación en materia de conservación de la biodiversidad
Principio de Río (10?)
Consejo Estatal del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad
Base jurídica ?
- Ley 4/007
- Real Decreto
Funciones ?
- Informar las normas y planes de ámbito estatal, relativos al patrimonio natural, la desertificación y la biodiversidad, haciendo un seguimiento de los mismos y valorando la incidencia social, económica y ambiental de las políticas públicas.
- Conocer, antes de su publicación, el informe anual sobre el estado y evolución del patrimonio natural y la biodiversidad.
- Informar, antes de su aprobación, el Plan Estratégico Estatal del patrimonio natural y la biodiversidad.
- Informar, antes de su aprobación, las directrices para la ordenación de los recursos naturales a las que deberán ajustarse los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales que aprueben las comunidades autónomas.
- Informar, antes de su aprobación, las estrategias de restauración de los hábitats en peligro de desaparición.
- nformar, antes de su aprobación, la declaración de Espacios Naturales Protegidos de ámbito estatal.
- Informar, antes de su aprobación, las estrategias de conservación de especies amenazadas presentes en más de una comunidad autónoma.
- Informar, antes de su aprobación, las estrategias de gestión, control y posible erradicación de las especies del Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras.
- Impulsar la realización de informes y estudios sobre el sector forestal y hacer el seguimiento de los planes y programas de ámbito estatal relativos a los montes, en los que se valore la incidencia social, económica y ambiental de las políticas públicas.
- Proponer a las Administraciones públicas las medidas que se estimen oportunas para mejorar la gestión sostenible del monte y la competitividad del sector
- Elaborar un informe anual sobre el sector forestal español, que recoja la situación, evolución y perspectivas del mismo.
- Impulsar el diálogo, participación y colaboración de todas las Administraciones, instituciones y agentes sociales y económicos implicados en el uso sostenible de los recursos naturales, propiciando el intercambio de información entre todos los integrantes del Consejo, de los temas que sean objeto de debate.
- Asesorar técnica y científicamente a las delegaciones españolas, cuando sea requerido para ello a través de su Presidente, por quien ostente la presidencia o jefatura de la delegación española, en organismos, conferencias y reuniones internacionales relacionados con la conservación del patrimonio natural, la desertificación y la biodiversidad y contribuir al cumplimiento de las obligaciones derivadas de los mismos.
- Impulsar la elaboración de informes periódicos de evaluación de los efectos de la aplicación de las diversas políticas y acciones con incidencia en la lucha contra la desertificación y la degradación de las tierras en España y proponer recomendaciones para mejorar su efectividad. Esta evaluación incluirá el análisis de las sinergias y contrapartidas entre los objetivos de dichas políticas y acciones.
- Promover las directrices y recomendaciones realizadas por organismos internacionales, en particular, por la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación en los países afectados por sequía grave o desertificación, en particular en África, hecha en París el 17 de junio de 1994, en materia de lucha contra la desertificación y degradación de las tierras.
- Funciones del Consejo Asesor de Medio Ambiente, en las materias sometidas a su consideración.
Composición ?
- Presidencia :: titular Secretaría de Estado Cambio Climático.
- Vicepresidencia: titular DG Biodiversidad
- Vocales (35)
- 8 AGE
- 3 Ministerio MA
- 1 Ministerio de Industria
- 1 Ministerio de Sanidad
- 1 Ministerio de Vivienda
- 1 Ministerio de Ciencia
- 1 Ministerio de Cultura.
- 2 org empresariales
- 2 org indicales
- 3 org. agrarias
- 1 asociaciones de consumidores y usuarios
- 5 Colegios profesionales
- 1 CSIC
- 2 Universidades
- 5 ONGs MA
- 2 Federaciones de deportes en medio natural
- 1 Cofradía de pescadores
- 2 Asociaciones propietarios terrenos en ENPs
- 1 Entidades custodia territorio
- 8 AGE
- Integrantes (con voz sin voto) (2)
- 1 CCAA y ccaa
- 1 EELL