Los Presupuestos Generales del Estado
Se regulan mediante la Ley 47/2003
| Títulos | Capítulos |
|---|---|
| Ámbito de aplicación y Hacienda Pública Estatal | - Ámbito de aplicación: - Hacienda Pública estatal: Derechos, régimen jurídico (derechos públicos, y privados), obligaciones) |
| Presupuestos Generales del Estado | - Principios y reglas de programación y gestión presupuestaria - Programación presupuestaria y objetivo de estabilidad - Contenido, elaboración y estructura: contenido y principios, elaboración, estructutras - Créditos y modificaciones: disposiciones generales, modificaciones, competencias de modificación de créditos - Entidades Públicas Empresariales, Sociedades Mercantiles, y Fundaciones (ámbito estatal) - Gestión presupuestaria: principios generales, gestión por objetivos, gestión de los presupuestos generales |
| Relaciones financieras (otras administraciones) | - Unión Europea - Comunidades Autónomas - Entidades Locales |
| Tesoro Público, Deuda del Estado, y Operaciones Financieras | - Normas Generales - Deuda del Estado: normas generales, operaciones, régimen jurídico - Gestión de la Tesorería - Sector público institucional (endeudamiento), y gestión de la tesorería de los organismos autónomos - Avales del Estado |
| Contabilidad | - Normas generales - Competencias - Información: cuentas anuales, Cuenta General del Estado, información sobre el objetivo (estabilidad y equilibrio financiero), información periódica - Rendición de cuentas |
| Control de la gestión económico-financiera | - Normas generales - Función interventora - Control financiero permanente - Auditoría pública: normas generales, cuentas anuales, específicas… |
| Responsabilidades |
Estructura
La estructura es la siguiente:
El ciclo presupuestario
La legislación de estabilidad presupuestaria y los presupuestos del Estado
La legislación de estabilidad presupuestaria y los presupuestos del Estado. Elaboración, discusión y aprobación del presupuesto. Modificaciones presupuestarias.** Los presupuestos del Estado son los ingresos y gastos
Las estructuras presupuestarias (sección 3ª del capítulo III del título II)
| Gastos | - Orgánica: por secciones y servicios los créditos asignados a los distintos centros gestores de gasto de los órganos con dotación diferenciada en los presupuestos, la Administración General del Estado, sus organismos autónomos, entidades de la Seguridad Social y otras entidades, según proceda. - Por programas: permitirá a los centros gestores agrupar sus créditos conforme a lo señalado en el artículo 35 de esta ley y establecer, de acuerdo con el Ministerio de Hacienda, los objetivos a conseguir como resultado de su gestión presupuestaria. La estructura de programas se adecuará a los contenidos de las políticas de gasto contenidas en la programación plurianual. - Económica: capítulos separando las operaciones corrientes, las de capital, las financieras y el Fondo de Contingencia de ejecución presupuestaria. |
| Ingresos |
Los capítulos se desglosarán en artículos y estos, a su vez, en conceptos que podrán dividirse en subconceptos.
| Tipo de operaciones | Distinciones (gastos) | Distinciones (ingresos) |
|---|---|---|
| Corrientes | - Gastos de personal - Gastos corrientes (bienes y servicios) - Gastos financieros - Transferencias corrientes | - Impuestos directos y cotizaciones sociales - Impuestos indirectos - Tasas, precios públicos y otros ingresos - Transferencias corrientes - Ingresos patrimoniales |
| De capital | - Inversiones reales - Transferencias de capital | - Enajenación de inversiones reales - Transferencias de capital |
| Financieras | - Activos - Pasivos | - Activos - Pasivos |
En caso de no aprobación al inicio del año natural (1 de enero), se prorrogarán automáticamente los del ejercicio anterior, salvo las autorizaciones de endeudamiento, y los créditos extraordinarios.
Elaboración, discusión y aprobación del presupuesto
El ciclo presupuestario en España comprende las siguientes fases:
-
Elaboración:
-
Aprobación:
-
Ejecución:
-
Liquidación y cierre:
-
Control:
https://www.wikiderecho.net/el-ciclo-presupuestario-en-espana-fases-y-control/
La Ley Orgánica 2/2012 establece los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera en el Sector Público español.
| Capítulos | Contenidos |
|---|---|
| Ámbito de aplicación | Objeto y ámbito de aplicación subjetivo (Administración y su sector público instrumental, incluida la Seguridad Social) |
| Principios generales | - Estabilidad presupuestaria (equilibrio o superávit estructural) - Sostenibilidad financiera (compromisos de gasto dentro de los límites) - Plurianualidad: Presupuestos administrativos en un marco a medio plazo - Transparencia: contabilidad con información (situación y cumplimiento de objetivos) - Eficiencia (asignación y utilización de recursos públicos) - Responsabilidad (de las Administraciones incumplidoras) - Lealtad institucional (competencias y gestiones propias) El Gobierno debe velar por la aplicación de estos principios, y establecerá mecanismos de coordinación entre las Administraciones. |
| Estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera | - Instrumentación del principio de estabilidad presupuestaria - Regla de gasto - Instrumentación del principio de sostenibilidad financiera - Prioridad absoluta de pago de la deuda pública - Objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda pública para la Administración - Objetivos individuales de las Comunidades Autónomas - Informes sobre cumplimiento de objetivos (estabilidad presupuestaria, de deuda pública y de la regla de gasto) |
| Medidas preventivas, correctivas, y coercitivas | - Preventivas - Correctivas - Coercitivas |
| Transparencia | - Instrumentación - Central de información |
| Gestión presupuestaria | - Límite presupuestaria a medio plazo - Límite de gasto no financiero - Fondo de contingencia - Destino del superávil: |
Ninguna Administración Pública podrá incurrir en déficit estructural. En caso de reformas con efectos presupuestarios a largo plazo, podrá alcanzarse en el conjunto de Administraciones Públicas un déficit estructural del 0,4 por ciento del Producto Interior Bruto nacional expresado en términos nominales (o el establecido en la normativa europea cuando este fuera inferior).
También se aceptan para el Estado y las Comunidades Autónomas por catástrofes naturales, recesión económica grave o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control de las Administraciones Públicas y perjudiquen considerablemente su situación (por mayoría absoluta del Congreso). Deberá aprobarse un plan de reequilibrio que permita la corrección.
Las Administraciones de Seguridad Social podrán incurrir en un déficit estructural de acuerdo con las finalidades y condiciones previstas en la normativa del Fondo de Reserva de la Seguridad Social. En este caso, el déficit estructural máximo admitido para la administración central se minorará en la cuantía equivalente al déficit de la Seguridad Social. Para el cálculo del déficit estructural se aplicará la metodología utilizada por la Comisión Europea.
Los presupuestos del Estado son los ingresos y gastos
Modificaciones presupuestarias
Las modificaciones presupuestarias suponen el cambio tras su aprobación. Pueden realizarse de formas diversas:
-
Créditos extraordinarios y suplementos de crédito: por una necesidad urgente e inaplazable, y tramitados por Ley (proyecto del Gobierno), o Decreto-Ley
- Créditos extraordinarios: para gastos necesarios no previstos
- Suplementos de crédito: para gastos insuficientes no ampliables
-
Ampliaciones: por aprobación del Ministerio de Hacienda (sin tramitación parlamentaria)
-
Transferencias: reasignación de dotaciones
- Entre secciones (Consejo de Ministros)
- En una sección (Ministro de Hacienda)
- En un servicio (Ministro Sectorial): salvo en materia personal, de otros capítulos, de programas distintos, y para operaciones corrientes y de capital.
-
Generaciones: incrementos por aumento de los ingresos previstos, debido a
- Aportaciones o compromisos de organismos internacionales
- Reembolso de préstamos
- Prestaciones de servicios
- Enajenación de bienes
-
Incorporaciones: traslado de créditos no gastados al ejercicio siguiente,
Se rigen por los siguientes principios:
- Especialidad (al fin, nivel, o programa concreto)
- Limitación (no gastar más del aprobado)
- Excepcionalidad
- Control (del Tribunal de Cuentas)