El Real Decreto 218/2022 modificó el Real Decreto 79/2019 a través de un artículo único, en cuanto a la solicitud y emisión del informe de compatibilidad (sus artículos 5 y 7, respectivamente), así como la lista indicativa de objetivos ambientales (Anexo II) -para adaptarlos al -, los criterios de compatibilidad (Anexo III), y las declaraciones responsables (Anexo IV):
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Declaraciones responsables:
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Solicitud (artículo 5): mismos procedimientos para las declaraciones responsables.
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Emisión del informe de compatibilidad (artículo 7): inclusión del procedimiento de declaraciones responsables como simplificación administrativa, para actividades identificadas como compatibles (modificación del Anexo III)
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Delimitación de actividades sometidas a declaración responsable (Anexo IV): inclusión de este Anexo nuevo.
- Urnas funerarias
- Pruebas náuticas o deportivas y otros eventos o actividades de duración no superior a un día
- Servicios de temporada
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Actualización de los Anexos:
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Actuaciones que deben contar con informe de compatibilidad con las estrategias marinas (Anexo I): cualquier aporte externo de arenas a playas (por debajo de la cota de pleamar máxima viva equinoccial) (epígrafe K) (antes era para regeneración o creación de playas).
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Lista indicativa de objetivos ambientales de las estrategias marinas que deben ser considerados en el análisis de compatibilidad de las actuaciones (Anexo II): por adaptación al segundo ciclo de las estrategias marinas (2018-2024), -aprobado por el Real Decreto 1365/2018-
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Criterios de compatibilidad con las estrategias marinas (Anexo III):
- Actualización de documentos técnicos
- Inclusión de las declaraciones responsables
- Inclusión de los principios de precaución y cautela de la Estrategia de la Biodiversidad a 2030 de la Unión Europea.
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