Un estatuto es una norma jurídica que regula el régimen jurídico de una determinada categoría de personas, instituciones o situaciones.

El Estatuto Básico del Empleado Público es la norma fundamental que regula la relación jurídica entre los empleados públicos y las Administraciones Públicas.

METER LO DE TIPOS DE EMPLEADOS PUBLICOS

TítulosContenido
Objeto y ámbito de aplicación
Personal al servicio- Clases de personal
- Personal directivo
Derechos y deberes- Derechos
- Carrera profesional y promoción interna
- Retribuciones
- Negociación colectiva, representación, participación, reunión
- Jornada de trabajo, permisos y vacaciones
- Deberes
Adquisición y pérdida- Acceso y adquisición
- Pérdida
Ordenación de la actividad profesional- Planificación de recursos humanos
- Estructuración
- Puestos de trabajo y movilidad
Situaciones administrativas- Servicio activo
- Servicios especiales
- Servicio en otras Administraciones Públicas
- Excedencia
- Suspensión de funciones
Régimen disciplinario
Cooperación administrativa

Derechos y deberes del personal al servicio de la Administración Pública

Los derechos y deberes aparecen en el título III del Estatuto.

Derechos

Los derechos pueden ser individuales o individuales ejercidos colectivamente:

TipologíaDerechos
Individuales- Inmovilidad (funcionarios de carrera)
- Desempeño efectivo
- Progresión (carrera profesional y promoción interna, según evaluación objetiva)
- Retribuciones e indemnizaciones
- Participación en objetivos
- Defensa jurídica (procedimientos por el ejercicio legítimo de sus funciones o cargos)
- Formación continua y actualización permanente
- Respeto
- No discriminación
- Medidas de conciliación
- Intimidad digital
- Libertad de expresión
- Protección laboral
- Vacaciones, descansos, permisos y licencias
- Jubilación
- Prestaciones de la Seguridad Social
- Libre asociación profesional
- Otros
Individuales ejercidos colectivamente- Libertad sindical
- Negociación colectiva
- Huelga
- Planteamiento de conflictos colectivos de trabajo
- Reunión

Meter lo de cada capítulo

Deberes

Los deberes son desempeñar con diligencia las tareas que tengan asignadas y velar por los intereses generales de acuerdo a la legalidad, y actuar siguiendo a los siguientes principios:

  • Objetividad
  • Integridad
  • Neutralidad
  • Responsabilidad
  • Imparcialidad
  • Confidencialidad
  • Dedicación al servicio público
  • Transparencia
  • Ejemplaridad
  • Austeridad
  • Accesibilidad
  • Eficacia
  • Honradez
  • Promoción del entorno (cultural y medioambiental)
  • Respeto a la igualdad (hombres y mujeres).

Esto incluyen principios éticos y de conducta:

Principios éticosPrincipios de conducta
- Respeto a la legalidad
- Intereses generales
- Lealtad y buena fe
- Derechos fundamentales, sin discriminación
- No intereses personales
- No conflictos de interés
- No tratos de favor o privilegios
- Eficacia, economía y eficiencia
- No agilización o resolución de trámites o procedimientos
- Diligencia
- Dedicación
- Secreto profesional
- Atención y respeto
- Diligencia, cumplimiento jornada y horarios
- Obediencia (salvo que sea ilícita)
- Información y apoyo a ciudadanos (derechos, obligaciones…)
- Austeridad y conservación de recursos y bienes públicos
- Rechazo de regalos, favores, servicios…
- Conservación documental
- Actualización formativa
- Seguridad y salud laboral
- Consideraciones y propuestas
- Comunicación en lenguas oficiales