El régimen jurídico de los empleados públicos es el conjunto de normas, principios y reglas que regulan una la situación de los trabajadores de la Administración y su sector público institucional.
En la Constitución Española de 1978 aparece (artículo 103.3):
“La ley regulará el estatuto de los funcionarios públicos, el acceso a la función pública de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, las peculiaridades del ejercicio de su derecho a sindicación, el sistema de incompatibilidades y las garantías para la imparcialidad en el ejercicio de sus funciones”.
Esto se realizó a través de normativas diversas:
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Ley 30/1984: estableció el régimen jurídico de la función pública en la etapa democrática de España, manteniendo actualmente vigencia residual en aspectos referidos a los órganos superiores (capítulo I), registros de personal, plantillas y puestos de trabajo (capítulo III) —especialmente las relaciones de puestos de trabajo en la AGE (artículo 15)—, determinados elementos del régimen retributivo específico y ciertas disposiciones de distribución competencial.
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Real Decreto Legislativo 5/2015: aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (norma fundamental en la materia).
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Ley 53/1984: regula las incompatibilidades respeto a otras actividades privadas y públicas, para garantizar algunos de sus deberes (objetividad, imparcialidad, dedicación al servicio público…)