El Consejo Estatal del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad es un órgano de participación pública

Se creó mediante el artículo 8 de la Ley 42-2007 (Patrimonio natural y biodiversidad). Fue desarrollado por el Real Decreto 948/2009.

Tiene las siguientes funciones (artículo 2) (todas referidas a ese ámbito de aplicación):

  • Normas y planes de ámbito estatal (patrimonio natural, la desertificación y la biodiversidad): información, seguimiento y valoración de la incidencia social, económica y ambiental de las políticas públicas.

  • Informe anual de estado y evolución del patrimonio natural y la biodiversidad: conocimiento, antes de su publicación

  • Plan Estratégico Estatal del patrimonio natural y la biodiversidad: información, antes de su publicación

  • Directrices de los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales: información, antes de su publicación

  • Estrategias de restauración de los hábitats en peligro de desaparición: información, antes de su aprobación

  • Declaración de Espacios Naturales Protegidos de ámbito estatal: información, antes de su aprobación

  • Estrategias de conservación de especies amenazadas (presentes en más de una Comunidad Autónoma): información, antes de su aprobación

  • Estrategias de gestión, control y posible erradicación (especies del Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras): información, antes de su aprobación

  • i) Impulsar la realización de informes y estudios sobre el sector forestal y hacer el seguimiento de los planes y programas de ámbito estatal relativos a los montes, en los que se valore la incidencia social, económica y ambiental de las políticas públicas.

  • j) Proponer a las Administraciones públicas las medidas que se estimen oportunas para mejorar la gestión sostenible del monte y la competitividad del sector

  • k) Elaborar un informe anual sobre el sector forestal español, que recoja la situación, evolución y perspectivas del mismo.

  • l) Impulsar el diálogo, participación y colaboración de todas las Administraciones, instituciones y agentes sociales y económicos implicados en el uso sostenible de los recursos naturales, propiciando el intercambio de información entre todos los integrantes del Consejo, de los temas que sean objeto de debate.

  • m) Asesorar técnica y científicamente a las delegaciones españolas, cuando sea requerido para ello a través de su Presidente, por quien ostente la presidencia o jefatura de la delegación española, en organismos, conferencias y reuniones internacionales relacionados con la conservación del patrimonio natural, la desertificación y la biodiversidad y contribuir al cumplimiento de las obligaciones derivadas de los mismos.

  • n) Impulsar la elaboración de informes periódicos de evaluación de los efectos de la aplicación de las diversas políticas y acciones con incidencia en la lucha contra la desertificación y la degradación de las tierras en España y proponer recomendaciones para mejorar su efectividad. Esta evaluación incluirá el análisis de las sinergias y contrapartidas entre los objetivos de dichas políticas y acciones.

  • Directrices y recomendaciones de organismos internacionales: promoción (en particular de la Convención sobre Diversificación).

  • Consejo Asesor de Medio Ambiente: asumirá sus funciones en las materias sometidas a su consideración

Su composición es la siguiente:

  • Presidencia: persona titular de la Secretaría de Estado de Cambio Climático
  • Vicepresidencia: persona titular de la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal
  • Vocales (35):
    • (8) Administración General del Estado: con categoría mínima de Director General de los Ministerios con competencia en
      • (3) Medio ambiente
      • (1) Industria, turismo y comercio (1)
      • (1) Sanidad
      • (1) Vivienda
      • (1) Ciencia
      • (1) Cultura
    • (2) Organizaciones empresariales
    • (2) Organizaciones sindicales
    • (3) Organizaciones agrarias
    • (1) Asociaciones de consumidores y usuarios
    • (5) Colegios Profesionales (relacionados con el patrimonio natural)
    • (1) Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC)
    • (2) Sector universitario
    • (5) Organizaciones no gubernamentales
    • (2) Federaciones españolas de deportes al aire libre
    • (1) Cofradías de pescadores
    • (2) Asociaciones de terrenos en espacios naturales protegidos
    • (1) Entidades de custodia del territorio

Vocales del Consejo Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad. Fuente: elaboración propia.

Además, cuenta con 21 integraciones adicionales (con voz perosin voto)

  • (19) Administración autonómica (una por cada Comunidad y ciudad autónoma)
  • (1) Administración local
  • (1) Corresponsal de ciencia y tecnología ante la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación