El Consejo Estatal del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad es un órgano de participación pública
Se creó mediante el artículo 8 de la Ley 42-2007 (Patrimonio natural y biodiversidad). Fue desarrollado por el Real Decreto 948/2009.
Tiene las siguientes funciones (artículo 2) (todas referidas a ese ámbito de aplicación):
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Normas y planes de ámbito estatal (patrimonio natural, la desertificación y la biodiversidad): información, seguimiento y valoración de la incidencia social, económica y ambiental de las políticas públicas.
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Informe anual de estado y evolución del patrimonio natural y la biodiversidad: conocimiento, antes de su publicación
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Plan Estratégico Estatal del patrimonio natural y la biodiversidad: información, antes de su publicación
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Directrices de los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales: información, antes de su publicación
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Estrategias de restauración de los hábitats en peligro de desaparición: información, antes de su aprobación
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Declaración de Espacios Naturales Protegidos de ámbito estatal: información, antes de su aprobación
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Estrategias de conservación de especies amenazadas (presentes en más de una Comunidad Autónoma): información, antes de su aprobación
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Estrategias de gestión, control y posible erradicación (especies del Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras): información, antes de su aprobación
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i) Impulsar la realización de informes y estudios sobre el sector forestal y hacer el seguimiento de los planes y programas de ámbito estatal relativos a los montes, en los que se valore la incidencia social, económica y ambiental de las políticas públicas.
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j) Proponer a las Administraciones públicas las medidas que se estimen oportunas para mejorar la gestión sostenible del monte y la competitividad del sector
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k) Elaborar un informe anual sobre el sector forestal español, que recoja la situación, evolución y perspectivas del mismo.
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l) Impulsar el diálogo, participación y colaboración de todas las Administraciones, instituciones y agentes sociales y económicos implicados en el uso sostenible de los recursos naturales, propiciando el intercambio de información entre todos los integrantes del Consejo, de los temas que sean objeto de debate.
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m) Asesorar técnica y científicamente a las delegaciones españolas, cuando sea requerido para ello a través de su Presidente, por quien ostente la presidencia o jefatura de la delegación española, en organismos, conferencias y reuniones internacionales relacionados con la conservación del patrimonio natural, la desertificación y la biodiversidad y contribuir al cumplimiento de las obligaciones derivadas de los mismos.
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n) Impulsar la elaboración de informes periódicos de evaluación de los efectos de la aplicación de las diversas políticas y acciones con incidencia en la lucha contra la desertificación y la degradación de las tierras en España y proponer recomendaciones para mejorar su efectividad. Esta evaluación incluirá el análisis de las sinergias y contrapartidas entre los objetivos de dichas políticas y acciones.
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Directrices y recomendaciones de organismos internacionales: promoción (en particular de la Convención sobre Diversificación).
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Consejo Asesor de Medio Ambiente: asumirá sus funciones en las materias sometidas a su consideración
Su composición es la siguiente:
- Presidencia: persona titular de la Secretaría de Estado de Cambio Climático
- Vicepresidencia: persona titular de la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal
- Vocales (35):
- (8) Administración General del Estado: con categoría mínima de Director General de los Ministerios con competencia en
- (3) Medio ambiente
- (1) Industria, turismo y comercio (1)
- (1) Sanidad
- (1) Vivienda
- (1) Ciencia
- (1) Cultura
- (2) Organizaciones empresariales
- (2) Organizaciones sindicales
- (3) Organizaciones agrarias
- (1) Asociaciones de consumidores y usuarios
- (5) Colegios Profesionales (relacionados con el patrimonio natural)
- (1) Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC)
- (2) Sector universitario
- (5) Organizaciones no gubernamentales
- (2) Federaciones españolas de deportes al aire libre
- (1) Cofradías de pescadores
- (2) Asociaciones de terrenos en espacios naturales protegidos
- (1) Entidades de custodia del territorio
- (8) Administración General del Estado: con categoría mínima de Director General de los Ministerios con competencia en
Vocales del Consejo Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad. Fuente: elaboración propia.
Además, cuenta con 21 integraciones adicionales (con voz perosin voto)
- (19) Administración autonómica (una por cada Comunidad y ciudad autónoma)
- (1) Administración local
- (1) Corresponsal de ciencia y tecnología ante la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación